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EMPRESA PRIVADA, DEBIO TENER HASTA TRES PERMISOS: LICENCIA DE DEMOLICION, DE CONSTRUCCION y AUTORIZACION DE EJECUCION DE OBRA EN VIA PUBLICA.
Ha causado mucha controversia la pronta apertura del local de Dollar City en la ciudad de Huaraz, la intervención Municipal tardía habría ocasionado algunas suspicacias, aquí alguna información para su buen entendimiento:
- Cuando un propietario desea habilitar un acceso vehicular desde su propiedad hacia la vía pública (estacionamiento Dollar City - Huaraz), sí puede hacerlo, pero no de manera unilateral, sino cumpliendo ciertos requisitos legales y municipales.
- Es importante aclarar que en este caso habría responsabilidades compartidas con respecto a la construcción del estacionamiento de la empresa “Dollar City” en Huaraz, entre los inversionistas y los funcionarios de la Municipalidad Provincial de Huaraz. El inversionista en cumplir con lo normado y los funcionarios en coordinar, orientar y supervisar por tratarse de una infraestructura de alto impacto comercial en la zona.
- Con Licencia de construcción Nro. 032-2025-MPH-GDUR/SG otorgan autorización para DEMOLER el inmueble ubicado en el Jr. 28 de Julio, Mz 32, Lote12 a la ciudadana Romero Loli Irma Alejandrina, por lo que concluido esta acción, se debió generar la Licencia de Construcción para la habilitación e implementación donde debió estar incluido en el proyecto el ESTACIONAMIENTO dentro de la propiedad privada.
- Si la Licencia de Construcción fue autorizada con los estacionamientos, el inversionista estaría facultado para poder inmediatamente requerir su Autorización de Ejecución de Obra en Vía Pública el cual es un permiso que otorgan las municipalidades cuando un contribuyente necesita intervenir en calles, veredas, parques u otros espacios públicos (por ejemplo: cortes de vereda para acceso vehicular como el de Dollar City - Huaraz).
- La Ley N.° 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, faculta a las Municipalidades la conformación de una Comisión Técnica el cual es un órgano colegiado que revisa proyectos de mayor envergadura (grandes habilitaciones urbanas, edificaciones especiales). Está integrada por funcionarios municipales y delegados del Colegio de Arquitectos e Ingenieros del Perú, quienes emiten un dictamen técnico vinculante para el otorgamiento de la licencia.
- La misma Ley también permite que a través de Revisores Urbanos quienes son profesionales arquitectos o ingenieros civiles, acreditados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), que tienen la función de revisar y emitir opinión técnica independiente sobre los proyectos de habilitación urbana y edificación.
ANTE ESTA SITUACION QUE HA GENERADO DESINFORMACION y CLARIDAD DEBERIA HABER UN PRONUNCIAMIENTO DEL COLEGIO DE INGENIEROS y/o ARQUITECTOS DE ANCASH